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PREGUNTAS FRECUENTES

Es una estrategia que busca la revitalización de los espacios públicos de la ciudad a través de la ocupación temporal de andenes, alamedas, entre otros espacios, para desarrollar actividades gastronómicas, artísticas y culturales.

El proyecto, tiene además como propósito, fomentar la inclusión social de la población en condición de vulnerabilidad y el buen uso de los espacios, en donde puedan convivir sanamente tanto los comerciantes como los peatones.

Para postularte a una Zona o Espacio A Cielo Abierto 2.0, debes realizar una solicitud formal ante la Defensoría del Espacio Público. Para ello hemos habilitado nuestra ventanilla única ubicada en el super CADE CAD CRA 30 #25-90, módulos D 151 Y D 152, o a través del correo dadepbogota@dadep.gov.co.Recuerda, debes adjuntar los formatos de solicitud y de propuesta económica que encontrarás en la sección ¡INSCRÍBETE AQUÍ!.

En muy importante que tengas en cuenta que NINGÚN funcionario de la entidad recibe dinero por la autorización de un Espacio o Zona A Cielo Abierto.

Son 4 las formas en las que puedes hacer parte de este proyecto:

  • Con la extensión comercial de establecimientos gastronómicos.
  • Con estacionamientos de vehículos tipo Food Truck.
  • Con presentaciones de Artistas en el espacio público.
  • Con ocupación de ventas informales en el espacio público, realizadas por personas caracterizadas por el IPES.

La retribución económica por el aprovechamiento del espacio público se calcula a través de las siguientes variables:

  • Valor de referencia de la Finca Raíz, en el lugar donde se va a desarrollar la actividad.
  • Área propuesta para desarrollar la actividad.
  • Tiempo de ocupación del espacio público para el desarrollo de la actividad de la actividad.
  • Factor de restricción de la circulación peatonal (Bajo, medio o alto) Esto quiere decir, qué tantos elementos (sillas, mesas, parasoles, etc) se van a utilizar para realizar la actividad.

Estas variables, tendrán características únicas de acuerdo a la localidad y el tipo de establecimiento que está haciendo la solicitud. Es por esto, que el monto de la retribución, solo se conocerá cuando el personal de la Defensoría del Espacio Público realice la visita técnica a los establecimientos.

Es importante indicar que la estrategia está en un periodo de transición para que los comerciantes, que ya estaban participando de ella, puedan acogerse a los nuevos requisitos. Este periodo, terminará el próximo 1 de julio de 2022.

 

No. Actualmente la estrategia está dirigida a los establecimientos del sector gastronómico, así como a la venta de comida en vehículos tipo ‘FoodTrucks’.Sin embargo, este modelo nos permite avanzar en buscar alternativas, para el desarrollo de otras actividades en el espacio público que garanticen los derechos de los peatones y los residentes.

No. Bogotá A Cielo Abierto 2.0 no tiene como objetivo la regulación de ventas informales. Sin embargo, la estrategia incluye alternativas para que la población en condición de vulnerabilidad sea incluida en las áreas A Cielo Abierto.

La primera, es reservando un área para que las ventas populares, artistas o artesanos, puedan desarrollar sus actividades. Y la segunda, buscando la inclusión en la cadena productiva del sector gastronómico a los integrantes de esta población, con ofertas formales de trabajo.

Sí. Los comerciantes además de tener la ventaja de poder seguir con la reactivación económica, a través de la autorización del uso del espacio público, si vinculan en su cadena productiva (meseros, cocineros, entre otros), a al menos, un integrante de la población en condición de vulnerabilidad, con una oferta formal de trabajo, se les podrá descontar el 30% de un SMMLV del total del pago que se hará por el aprovechamiento del espacio público. Este descuento, contemplado para las autorizaciones colectivas o Zonas BACA, se aplicará una sola vez al mes sin tener en cuenta el número de personas contratadas.

No. Solo podrán participar quienes estén registrados y reconocidos por la Cámara de Comercio en este tipo de actividades gastronómicas, y que tenga la sede física del establecimiento, en el área que se está solicitando. En el caso de los Food Trucks, al ser una actividad itinerante, el sitio donde se solicite el permiso debe cumplir con todos los requisitos de seguridad y salubridad que exige el Distrito y los cuales encontrarán en el protocolo del Decreto.

Tiene dos ventajas:

La primera es que para facilitar la operación de una zona BACA, el Distrito permitirá que, del valor de la retribución económica, los comerciantes utilicen hasta un 20%, en gastos administrativos. (Seguridad, logística, entre otros) La segunda, permitirá que en vez de hacer un pago en dinero al Distrito, los comerciantes, podrán realizar una retribución en especie por el aprovechamiento del espacio público, con acciones como: arreglos de andenes, instalación de luminarias y cámaras de seguridad, actividades de pinturas del mobiliario urbano, entre otras.

Si solicitas una autorización individual o Espacio BACA, la retribución económica se realizará a ante la Secretaría Distrital de Hacienda.

Pero, si te presentas a la estrategia en grupo o Zona BACA la retribución económica se podrá realizar en especie a través de proyectos de mejoramiento de espacio público, en donde se demuestre que el dinero a pagar por la retribución se invertirá integralmente en mejoramiento de parques, alamedas o demás espacios. Hay que tener en cuenta que en el caso en que, un sector no requiera de inversión en el espacio público, este dinero podrá dirigirse a proyectos en otras localidades de la ciudad.

Sí. De acuerdo al modelo de retribución económica, existen los factores de ocupación del espacio público Alto, Medio y Bajo. De acuerdo a la cantidad de elementos que se instalen y al porcentaje de área que estos ocupen se han determinado de la siguiente forma:

  • Ocupación Baja: Si solamente se utiliza hasta el 16% del total del área autorizada.
  • Ocupación Media: Si se ocupa del 16% al 31% del total del área autorizada.
  • Ocupación Alta: Si se usa del 32% al 64% del total del área autorizada.

Ten en cuenta que estos porcentajes lo que buscan es que, independientemente de los elementos que se instalen en las Zonas o Espacios A Cielo Abierto, se garantice la libre circulación de los peatones.

 

No. La estrategia únicamente hará el reconocimiento de hasta un 20% de los costos administrativos de los establecimientos gastronómicos en el ejercicio de su actividad comercial, siempre y cuando se trate de autorizaciones de Zona BACA.

Si te autorizan la extensión comercial de tu establecimiento gastronómico en el espacio público tienes la responsabilidad de preservar en buenas condiciones, tanto urbanas como ambientales los entornos. Esto implica que se deben realizar labores de mantenimiento periódico de los espacios y que, al finalizar el periodo de autorización, se le devuelvan a la ciudad estos entornos en las mismas o mejores condiciones en las que fueron entregados.

Los controles que garantizarán que la implementación de Bogotá A Cielo Abierto 2.0 se esté realizando correctamente, los realizarán las Alcaldías Locales teniendo en cuenta lo establecido en el Protocolo de la estrategia y las normas vigentes de control urbanístico.

Así mismo, se realizarán controles por parte de la Secretaría Distrital de Salud, la Sub Red Integrada de Servicios de Salud y el Cuerpo Oficial de Bomberos de Bogotá.

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